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Estrados son los lugares públicos destinados en las
oficinas de los órganos del Instituto Federal Electoral y en las Salas del
Tribunal Electoral, para que sean colocadas las copias de los escritos de los
medios de impugnación, de los terceros interesados y de los coadyuvantes, así
como de los autos, acuerdos, resoluciones y sentencias que les recaigan, para su
notificación y publicidad. (Artículo 28 de la Ley General del Sistema de Medios
de Impugnación). Los proveídos de referencia permanecerán en los estrados
durante un plazo mínimo de siete días, y se asentará razón del retiro de los
mismos (Artículo 103, fracción II, del Reglamento Interno del Tribunal Electoral
del Poder Judicial de la Federación).
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2010 - Tribunal Electoral del Poder Judicial de la
Federación
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